viernes, 19 de diciembre de 2008

JUSTICIA DOMINICANA, DIEZ AÑOS PERDIDOS EN MEDIA HORA.


Es lamentable lo que esta ocurriendo en la Republica Dominicana, es lamentable lo que esta ocurriendo en la Justicia de un Pais Fracasado que solo prima el interes pecuniario, el poder de ser el mas rico y el mas poderoso. La Suprema Corte de Justicia que hace poco el pueblo dominicano le tenia confianza, y que pensabamos que habiamos avanzado en materia de justicia, todo se a perdido en poco tiempo al ver como algunos Jueces del mas alto tribunal son manipulado por el Poder Ejecutivo.


A pesar de que se burlan del pueblo Dominicano en tardarse mas de un año para fallar el famoso caso de la Sun Land, en el que se debio Fallar no mas alla de un mes, entonces se burlan en declarar inconstitucional dicho caso. Como es posible que se le niegue Justicia al Pueblo Dominicano, Como es posible que algun ciudadano comun o corriente no pueda incoar un recurso de inconstitucionalidad frente a una ley o reglamento que le afecte a la sociedad. Vemos como los Jueces fueron manipulados y negociante de la Justicia Dominicana, para querer estar mas tiempo en el poder vendieron su conciencia y vendieron su honor.


La Suprema es fiel violadora de los articulos:


ART. 67.- Corresponde exclusivamente a la Suprema Corte de Justicia, sin perjuicio de las demás atribuciones que le confiere la ley:
Conocer en única instancia de las causas penales seguidas al Presidente y al Vicepresidente de la República, a los Senadores, Diputados, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado, Jueces de la Suprema Corte de Justicia, Procurador General de la República, Jueces y Procuradores Generales de las Cortes de Apelación, Abogado del Estado ante el Tribunal de Tierras, Jueces del Tribunal Superior de Tierras, a los miembros del Cuerpo Diplomático, de la Junta Central Electoral y de la Cámara de Cuentas y los Jueces del Tribunal Contencioso Tributario; y de la constitucionalidad de las leyes, a instancias del Poder Ejecutivo, de uno de los Presidentes de las Cámaras del Congreso Nacional o de parte interesada.


ART. 109.- La justicia se administrará gratuitamente en todo el territorio de la República.
ART. 110.- No se reconocerá ninguna exención, ni se otorgará ninguna exoneración, reducción o limitación de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales, en beneficio de particulares, sino por virtud de la ley. Sin embargo, los particulares pueden adquirir, mediante concesiones que autorice la ley, o mediante contratos que apruebe el Congreso Nacional, el derecho irrevocable de beneficiarse, por todo el tiempo que estipule la concesión o el contrato, y cumpliendo con las obligaciones que la una y el otro les impongan, de exenciones, exoneraciones, reducciones o limitaciones de impuestos, contribuciones o derechos fiscales o municipales incidentes en determinadas obras o empresas de utilidad pública o en determinadas obras o empresas hacia las que convenga atraer, para el fomento de la economía nacional, o para cualquier otro objeto de interés social, la inversión de nuevos capitales.


Mi opinion final es que los Jueces de la Suprema Corte de Justicia Deben Renunciar todos a su puesto lo mas ante Posible.

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